Eso es lo que tiene considerar los derechos humanos como exigencias y hasta como posesiones absolutas, sin condiciones, sin limitación alguna, sin sombra de correspondientes deberes. Derechos, sin cuándo, sin dónde, sin cómo. Y, si los derechos, más o menos espirituales o morales, asi de mal entendidos, suelen tener consecuencias nefastas pero no molestas directamente, otros derechos más concretos y sociales, como ocurre con el derecho ilimitado a la huelga, aunque sea un cierre patronal mal disimulado, suelen ser muy antisociales y chocan, a menudo violentamente según acabamos de ver, con otros muchos derechos, tan derechos o más que los de aquéllos llamados huelguistas. Para colmo, el derecho constitucional a la huelga no está regulado en España por falta de consenso, es decir, de sentido común y de valentía democrática.